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miércoles, 14 de agosto de 2013

Noticia del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de Bolivia "internar Menaje Doméstico, tras retorno del migrante"


Plazo para internar Menaje Doméstico, tras retorno del migrante, se amplía a seis meses.

El migrante que retorna a Bolivia de manera definitiva deberá hacer el trámite de internación de sus utensilios  domésticos, ropa, maquinas, equipos y herramientas a su nombre. 10/07/2013




El Ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, proporcionó la información en una conferencia de prensa en el Palacio Quemado.  



Mediante el Decreto Supremo 1639, el Gobierno amplió de cuatro a seis meses el plazo para que llegue el Menaje Domestico, tras el regreso definitivo del migrante al país, internación que estará libre del pago total de tributos de importación. Además, extendió de 30 a 90 días el tiempo máximo permitido para visitas temporales de bolivianos residentes en el exterior.

El Ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, proporcionó la información en una
conferencia de prensa en el Palacio Quemado.

“Este decreto —explicó la autoridad— tiene como objetivo ampliar el plazo en el cual los bolivianos, que traen su Menaje Doméstico, van a poder internarlo al país con este beneficio. En el anterior decreto se estableció un plazo de cuatro meses desde que el boliviano retornaba al país para poder ‘nacionalizar’ su menaje doméstico, su ropa, sus utensilios, en fin”.

Uno de los factores que motivó la ampliación del plazo de internación es que, por ejemplo, empresas
encargadas del transporte de Menaje Doméstico de bolivianos desde Estados Unidos o España “tardaban más de cuatro meses y la Aduana Nacional no daba curso a esta exención tributaria de hasta USD50.000”.

En diciembre de 2009, mediante el decreto 371, el Gobierno modificó el artículo 192 del Reglamento de la Ley General de Aduanas para establecer un tratamiento especial a los bolivianos (inmigrantes) que retornan para fijar residencia definitiva en el país, a través de la ampliación del concepto de “Menaje Doméstico” a
máquinas, equipos y herramientas usadas en la actividad propia y de la elevación del tope máximo permitido
para la internación sin el pago de tributos aduaneros a USD50.000.

De acuerdo con la norma, cuando el Menaje Doméstico comprende solamente prendas y complementos de vestir, muebles, aparatos y demás elementos de utilización normal en una vivienda, el valor máximo no deberá exceder los USD35.000.

En cambio, cuando el Menaje Doméstico incluya además, de los bienes antes mencionados, máquinas,
equipos y herramientas usadas en la actividad que el inmigrante desarrollaba en el exterior, el valor máximo no  deberá exceder los USD50.000, de los cuales, el monto total de las máquinas o herramientas no deberá
superar los USD25.000.

El boliviano que migró y que quiera importar Menaje Doméstico con el beneficio de la exención tributaria
aduanera, deberá demostrar que permaneció fuera de Bolivia al menos dos años consecutivos.

En el caso de los no residentes extranjeros que ingresan a Bolivia para fijar su residencia, el valor de su
Menaje Doméstico (prendas y complementos de vestir, muebles, aparatos y demás elementos de utilización
normal en una vivienda) no deberá sobrepasar los USD35.000.
                                                

Visita temporal de tres meses.

El Ministro añadió que para favorecer el retorno de los migrantes, el decreto 1639 amplía de 30 a 90 días el
plazo de visita temporal, un margen de tiempo que está de acuerdo con la normativa internacional para viajes
turísticos.

“Por lo tanto —comentó Arce Catacora—, puede tener más tiempo de visita acá para mirar cómo está la
situación. Volver al país en el que está trabajando, ver la situación que tiene (…) y, por supuesto, estamos
seguros, que va a retornar a Bolivia a trabajar”.

El decreto 1639 también establece que el trámite de internación de Menaje Doméstico tiene que estar a
nombre del migrante, que retorna de forma definitiva a Bolivia, porque hubo casos en los que empresas
creadas para traer las pertenencias de connacionales radicados en el exterior, internaban además
encomiendas destinadas a otros consignatarios, operación que no está cubierta con la exención de tributos.

Se incluye también una Disposición Transitoria que establece que el Menaje Doméstico en proceso de
importación a Bolivia o que se encuentre en depósitos aduaneros y no haya sido declarado en abandono,
podrá ser despachado con el beneficio de la exención tributaria siempre y cuando haya “…permanecido más de dos años en el extranjero, para cuyo efecto se determina el plazo de seis meses para su regularización…”.

Esta disposición tiene la finalidad de otorgar el mecanismo para que los connacionales que retornaron al país, recuperen sus pertenencias que estarían retenidos por el incumplimiento de los plazos anteriormente
establecidos.

Fuentes consultadas.
http://www.economiayfinanzas.gob.bo/index.php?opcion=com_prensa&ver=prensa&id=2907&seccion=306&categoria=5

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